El año llega cargado de novedades para autónomos y pymes en 2019, especialmente en materia de cotización. En Asesoidea, hemos estado en nuestra sede correspondiente de Hacienda, tomando buena nota de todas las novedades para aplicar todas las novedades. 

💡Como noticia destacada, el 1 de enero de 2019 comienza con un aumento de las cotizaciones que por vez primera llevan asociadas mayores coberturas sociales para el autónomo.

Pero no es la única, por lo que te contamos todas las novedades Autónomos y trabajadores 2019, Asesoría en Jaén – Asesoidea.

Novedades Autónomos y trabajadores 2019, Asesoría en Jaén – Asesoidea

El nuevo año empieza sin Presupuestos Generales por lo que algunas de las medidas que se contemplan en este artículo, están aún en el aire y asociadas al acuerdo parlamentario.

💡En el apartado de fiscalidad, 2019 comienza con nuevas obligaciones fiscales, nuevas deducciones en la Renta 2018 y el mantenimiento de citas esenciales en el calendario fiscal del autónomo.

En Asesoidea, trabajamos contigo para informarte y resolver tus dudas y gestiones, confianza y conocimiento en tu negocio. Veámos los cambios más importantes:

Seguridad Social – Cotización y Cuota de autónomo

🔴Cuota de autónomos 2019

Se aprueba el aumento del 1,25% de la base mínima de cotización de autónomos junto a un tipo de cotización del 30% que incluye nuevas coberturas sociales. De esta manera la base mínima de cotización del autónomo pasará de los 932,70 euros de 2018 a 944,40 euros a partir del 1 de enero de 2019. Estos incrementos dejan una subida de casi 5 euros mensuales, 53 euros anuales, en concepto de cuota de autónomos que se sitúa en 283,3 euros al mes en 2019. La base mínima de autónomos queda, por vez primera, por debajo de los  1.050 euros mensuales de base de cotización fijada para los asalariados en 2019.

Los tipos de cotización son, a partir del 1 de enero de 2019, los que a continuación se exponen:

a) Para las contingencias comunes, el 28,30 por ciento.

b) Para las contingencias profesionales, el 0,9 por ciento, del que el 0,46 por ciento corresponde a la contingencia de incapacidad temporal y el 0,44 a la de Incapacidad permanente, muerte y supervivencia.

c) Por cese de actividad, el 0,7 por ciento.

d) Por formación profesional, el 0,1 por ciento.

Por tanto, las nuevas coberturas sociales facilitarán al autónomo las siguientes acciones:

  • Cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día en que curse baja.
  • Dejar de pagar cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por Incapacidad Temporal y hasta el momento de alta.
  • Acceder a la formación continua.
  • Mayor acceso a la prestación por cese de actividad cuya duración aumenta de 12 a 24 meses.

Cuota de autónomos societario en 2019

La cotización del autónomo societario también experimenta incrementos desde el 1 de enero de 2019. La base mínima se sitúa en 1.214,08 euros, lo que supone un incremento de la cuota de 7,22 euros mensuales y 86,64 euros al año que deja una cuota de autónomo societario de 364,22 euros.

La base máxima de cotización también aumenta un 7%.

Tarifa plana: se mantiene pero se encarece

Por el momento, en los inicios de 2019 se mantiene la tarifa plana para nuevos autónomos pero se encarece pasando de 50 euros mensuales durante un año a 60 euros incluyendo las contingencias comunes y profesionales pero excluyendo el cese de actividad y la formación. Este incremento es únicamente para las altas a partir del 1 de enero de 2019.

Además, en el ámbito de la conciliación laboral, la tarifa plana deja otra importante novedad. Las trabajadoras autónomas tendrán acceso a la tarifa plana de un año en los dos años posteriores a la baja por maternidad sin necesidad de cesar previamente la actividad.

Detección de falsos autónomos

El nuevo año también arranca con medidas para el control y endurecimiento del empleo a falsos autónomos. Se va a sancionar a los autónomos y las empresas que den trabajo a falsos autónomos con una nueva multa para esta infracción grave. La cuantía de la sanción está entre 3.126 euros y 10.000 euros para el empleador. 

Hacienda e impuestos de los autónomos

Entre las novedades en materia fiscal hay algunas ya seguras, como las referidas a los límites para tributar por módulos en 2019 o la fecha de presentación del modelo 347, y otras que continúan en el aire por estar supeditadas en gran parte a la aprobación de las Cuentas Públicas para el próximo año.

Requisitos para estar en módulos en 2019

Un año más, los límites para continuar tributando por el sistema de estimación objetiva se prorrogan, por lo que finalmente no se aplicarán los límites que la reforma fiscal de 2015 establecía para endurecer las condiciones de módulos. Así, en 2019 permanece el límite de 250.000 euros por volumen de ingresos y 125.000 euros por facturación a empresas y profesionales.

Nuevas deducciones para autónomos en el IRPF de 2018

Pese a que son deducciones aprobadas en la última ley de autónomos lo cierto es que en la pasada campaña de la Renta, los trabajadores por cuenta propia no pudieron deducirse las dietas derivadas y los suministros hasta en un 30% del total de la superficie afecta a la actividad y declarada en el modelo 036 de Hacienda.

En el caso de dietas recordemos que la cuantía diaria por comer fuera será de 26,67 euros o 48,08 si es en territorio extranjero. En caso de pernocta las cuantías alcanzan los 53,34 euros y los 91,35 euros respectivamente. Esta deducción está sujeta sujeto a una serie de condiciones como que se realice fuera del municipio al que corresponda el domicilio del negocio, que se realice el pago telemático y que se conserve el comprobante.

Exención en el IRPF de las prestaciones por maternidad

Otras de las novedades de la campaña de la Renta de este año tiene que ver con las prestaciones por maternidad que están exentas en el IRPF según ha determinado Hacienda hace un mes, tras el fallo del Supremo. Por tanto, las madres o los padres que se hayan beneficiado de esta prestación no tendrán que declararlas como rentas y Seguridad Social no podrá realizar retención alguna.

Además, durante los primeros meses de 2019 Hacienda realizará las pertinentes devoluciones con carácter retroactivo que se han realizado durante diciembre de 2018, por las prestaciones recibidas de los nacimientos de 2014 y 2015, y enero para los de hijos nacidos en 2016 y 2017.

Presentación del modelo 347

La declaración informativa de operaciones con terceros realizadas durante el ejercicio de 2018 se continuará presentando en febrero de este 2019 que entra. Así lo confirma el artículo dos de la Orden HAC/1148/2018 pese a que la idea inicial del Gobierno anterior y del actual era adelantarla al mes de enero.

Nueva obligación fiscal: modelo 179

A partir de enero, si eres intermediario entre propietario e inquilino de viviendas vacacionales, tendrás una nueva obligación fiscal: la presentación del nuevo modelo 179.

Este nuevo modelo está dirigido a los protagonistas de plataformas colaborativas como Airbnb o Windu y deja fuera de esta nueva obligación fiscal a los alojamientos turísticos que ya cuentan con su propia normativa.

La presentación del modelo 179 se hará en formato digital a través de la Sede Electrónica de Agencia Tributaria y tendrá una cadencia trimestral ; sin embargo para la primera presentación del 1 al 31 de enero del próximo 2019 deberás presentar toda la información referida al ejercicio 2018; después de ello se continuará con el primer trimestre del ejercicio 2019 que en el calendario fiscal es en abril.

Novedades para autónomos y pymes en materia laboral en 2019 

Subida del SMI

Esta medida es una de las que el Gobierno ha sacado adelante mediante el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2019 en 900 euros, lo que supone un incremento del 22% respecto al actual salario medio que alcanza en 2018 los 735,90 euros.

Esta subida afectará a la base mínima de cotización de los trabajadores en Régimen General que pasará de los 856,60 euros vigentes a 1.050 euros en 2019, un incremento que afectará directamente aquellos autónomos y pymes con trabajadores contratados cuyo sueldo sea inferior a esos 900 euros.

Reforma del Impuesto de Sociedades

Esta reforma, que aún está únicamente sobre el papel,  dirige el grueso de sus medidas a grandes empresas pero también contempla modificaciones en el Impuesto de Sociedades como el descenso del tipo nominal del 25% al 23% para pymes con un volumen de facturación inferior a 1.000.000 euros.

Aumento del IRPF por volumen de rentas

Los Presupuestos Generales del Estado 2019 también afectaría a los autónomos con rentas altas ya que de aprobarse de forma definitiva se establecería los siguientes incrementos en el IRPF:

  • 2 puntos a contribuyentes con rentas anuales superiores a 130.000 euros. El tipo pasaría al 47%.
  • 4 puntos a contribuyentes con rentas  superiores a 300.000 euros. En este caso el tipo a aplicar sería del 49%.

Equiparación del permiso de paternidad y maternidad

Los Presupuestos de 2019 también abordan la ampliación del permiso de paternidad de las cinco semanas actuales a ocho. Lo que se pretende es la equiparación entre los permisos de paternidad y maternidad que se hará además de forma gradual en los siguientes años. La medida incluye la ampliación  a doce semanas en 2020 y a 16 semanas en 2021. El permiso será intransferible y se remunerará al 100%.

Penalización del contrato temporal

El Ejecutivo pretende penalizar el abuso de contratación temporal mediante la modificación del artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social para incrementar el 36% actual al 40% la celebración de contratos inferiores a cinco días, una subida que afectará a aquellos autónomos y pymes que celebren este tipo de contratos temporales.

Nueva Ley de Protección de Datos (LOPD GDD)

Aunque la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPD GDD) se ha aprobado en diciembre de 2018, la adaptación de la normativa al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) asentará su andadura en 2019.

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