Entre los distintos tipos de licencias urbanísticas es importante disponer de toda la información para cumplir con la legalidad vigente a la hora de llevar a cabo un acto de transformación, construcción, edificación, rehabilitación o uso del suelo. En cualquier caso, lo mejor es contar con el asesoramiento de abogados expertos en urbanismo para no errar y no tener ningún problema legal.

Tramitación y tipos de licencias de obras en Madrid

Dependiendo del tipo de actuación, será necesario pedir a la Administración una u otra licencia urbanística. Vamos a ver qué tipos existen y para qué sirve cada uno de ellos, a fin de solicitar la licencia urbanística correspondiente y así poder cumplir con la ley.

La Administración competente para el otorgamiento de las licencias urbanísticas es el Ayuntamiento.

Tipos de licencias urbanísticas

  • Licencia de parcelación:

Este tipo de licencias urbanísticas tendrán que ser solicitadas cuando se pretenda la división de una propiedad, en dos o más partes, para realizar ulteriormente un acto de transformación urbanística o de edificación.

  • Licencia de obras de edificación:

Este tipo de licencias son necesarias para llevar a cabo la construcción o el derribo de un edificio. Además, para poder realizar este proyecto el edificio deberá estar en un terreno edificable o solar. Es solar aquella parcela que, además de otros condicionantes, cuenta con todos los servicios urbanísticos necesarios. Esta licencia también será necesaria para la restauración, conservación, consolidación o rehabilitación de un edificio, así como para llevar a cabo obras en su exterior.

Las licencias pueden ser de obra mayor o menor, según la entidad de las obras a abarcar.

A veces, esta licencia incluye realizar las obras para terminar la urbanización necesaria para que, previamente, la parcela tenga la condición de solar y sea edificable: viales, encintado de aceras, etc.

En suelo no urbanizable también se puede construir con determinadas condiciones. Básicamente disponer de una finca con la superficie exigida por la normativa urbanística y que la construcción quede vinculada a la actividad agraria.

En suelo urbanizable existe también un régimen transitorio que permite determinadas construcciones.

Si no se ejecuta la actuación que ampara este tipo de licencias dentro del plazo previsto en ella, la Administración municipal puede declarar su caducidad. Esta supone la pérdida de la licencia, que deberá volver a solicitarse y exigirá nuevamente el pago de las tasas correspondientes.

En actuaciones de menor entidad no es necesario pedir licencia. Pueden ejecutarse tras presentar una declaración responsable.

  • Licencia de otras actuaciones urbanísticas:

Estas licencias serán necesarias para llevar a cabo cualquier proyecto que no se encuadre dentro de los proyectos a los que se refieren las licencias anteriores y que son exigidas por la legislación urbanística –cerramiento o vallado de fincas, usos provisionales, vallas publicitarias, etc.-

  • Licencia de primera ocupación:

Las nuevas construcciones o los edificios sin uso necesitarán esta licencia, en virtud de la cual se acreditará que aquéllos, una vez ejecutados, cumplen con los requisitos de habitabilidad necesarios y que se ha ejecutado conforme al proyecto para el que obtuvo la licencia de obras. Esta licencia se suele conocer como cédula de habitabilidad.

  • Licencia para la instalación de actividades:

Este tipo de licencia será necesaria para ejercer una actividad concreta: bares, restaurantes, panaderías, gasolineras, etc. Para el otorgamiento de la licencia será necesario informar, mediante el oportuno proyecto, acerca de la actividad que se va a ejercer, de las características del lugar y del impacto que dicha actividad tendrá en el medio ambiente –ruidos, residuos, contaminación, etc. No es exigible para las actividades inocuas, para ejercer éstas bastará con presentar una declaración responsable.

Sin duda, conocer los tipos de licencias urbanísticas y cuándo es necesario solicitarlas es de vital importancia para cumplir con la legislación vigente y no tener ningún problema legal.