La campaña para presentar la Declaración de la Renta comienza el 7 de abril y se prolonga hasta el 30 de junio. Un año marcado por la pandemia en el que la actividad empresarial ha experimentado altibajos constantes. Además, este ejercicio hay que tener en cuenta todo lo relacionado con las ayudas por cese de actividad y las ayudas autonómicas y del gobierno percibidas en 2020, entre otras cuestiones.

Con el fin de facilitarte la gestión de este proceso, en Aseoidea, asesoría en Jaén, te contamos qué necesitas saber para hacer la declaración de la renta en Jaén impecable. Así como las novedades que se han incluido en la campaña de este año.

Declaración de la Renta Jaén, novedades

Como cada año, ha comenzado la campaña de la declaración de la renta. Si antes era una responsabilidad más bien compleja, este año, la tarea de hacer la declaración de la renta requerirá una atención especial.

Como cada año, la Agencia Tributaria proporciona diferentes opciones para llevar a cabo la declaración:

  • Desde el 7 de abril los autónomos podrán presentar la información de forma telemática.
  • A partir del 4 de mayo podrán pedir la cita previa para la modalidad telefónica
  • Y desde el 27 de mayo estará disponible la petición de la cita previa para realizar la declaración de manera presencial que comenzará el 2 de junio.

Tributación de las ayudas recibidas

El 2020 es posible que haya sido el año que más peticiones y recepciones de ayudas se han producido en los autónomos y Pymes. Lo que ha hecho que en esta declaración de la renta existan nuevas consideraciones.

A continuación te lo contamos con detalle:

  • Exoneración de cuota de autónomo: en el caso de no haber realizado el pago de la cuota de autónomos, el trabajador queda exento de incluir este procedimiento al no haber circulado ninguna cantidad de dinero. En el caso de que sí se realizase y el Ejecutivo devolviese ese dinero a la persona, esta operación sería considerada como un ingreso, por tanto, sí tributaría.
  • Ayudas por cese de actividad: los autónomos también tendrán que declarar esta ayuda ya que se correspondería a una prestación de desempleo, por lo que se considera rendimiento de trabajo. Si has recibido este apoyo deberás incluirlo en el apartado de ‘Rendimiento del trabajo’.
  • Subvenciones y ayudas autonómicas: a no ser que las condiciones de la ayuda concreta indiquen que está exenta de tributación, también deberán ser incluidas en el rendimiento de la actividad económica, no de trabajo.
  • Créditos ICO: esta ayuda hay que devolverla, aunque los gastos de los intereses los podrás deducir, así como los de apertura y gestión.
  • Ingreso Mínimo Vital: aquellos autónomos que hayan percibido la ayuda del ingreso mínimo vital también tendrán que incluirlo en la declaración de 2020.

ERTE en la Declaración de la Renta

Los autónomos que han recibido esta prestación por desempleo, deben tener en cuenta que el SEPE contabiliza como un segundo pagador. En cuanto a los trabajadores que hayan estado en ERTE, tendrán dos pagadores, y la cuantía mínima que obliga a presentar la declaración se reduce de 22.000 euros anuales a 14.000, siempre y cuando el segundo pagador haya realizado un ingreso de más de 1.500 euros.

Si el segundo pagador no hubiera llegado a 1.500 euros en total, el umbral seguiría siendo de 22.000 euros. Esta opción podría darse en el caso de aquellos trabajadores afectados por el ERTE durante uno o dos meses.

Novedades en el IRPF

Este año se ha incorporado un nuevo tramo en el IRPF, por lo que actualmente existen 6 tramos en total. Se trata de una nueva franja de ingresos en la que los autónomos que cobren de 300.000 euros en adelante tendrán una base imponible del 47%.

Planes de pensiones

En este ejercicio, las aportaciones personales a un plan de pensiones no podrán superar los 2.000 euros. En el caso de que la aportación proceda de una empresa no podrá exceder los 8.000 euros, por lo que en total, con las dos aportaciones, no se podrán sobrepasar los 10.000 euros.

Libros de registros

En 2019 se registró en el BOE la Orden HAC/773/2019 con el objetivo regularizar los libros de registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las actividades que se determinan en la modalidad simplificada del método de estimación directa. También aquellos trabajadores por cuenta propia que realicen actividades empresariales de estimación directa y no tengan carácter mercantil.

Simulación de la declaración de la renta

Desde marzo la Agencia Tributaria puso en marcha un proyecto digital con el fin de ayudar a tramitar la declaración: Renta Web 2020. Se trata de un simulador que permite a empresas y autónomos hacer una reproducción de lo que sería la declaración de la renta.

Tener clara toda la información que debes presentar en la declaración de la renta es una tarea fundamental para cualquier autónomo o trabajador. Conocer todos los procesos burocráticos vinculados a este proceso te quitará muchos dolores de cabeza y te permitirá estar seguro de que la documentación presentada es precisa y certera con lo que pide la Agencia Tributaria.

Documentación necesaria para presentar la Declaración de la Renta

¿Qué documentos hay que entregar? ¿Cómo los puedo solicitar si no dispongo de ellos? En caso de que presentes la Declaración físicamente, tendrás que llevar todos los documentos necesarios el día de tu cita; de lo contrario, no se podrá realizar.

Los documentos imprescindibles para hacer la declaración, tanto si es física como si es online, son los siguientes:

  • DNI original y fotocopia del DNI de las personas incluidas en la Declaración. Los contribuyentes que decidan realizar este trámite de forma online podrán hacerlo utilizando el DNI electrónico y/o el certificado electrónico de personas físicas, representantes de personas jurídicas o cualquier otra entidad.
  • Autorización firmada por otros declarantes
  • Código IBAN
  • Referencias catastrales de los inmuebles de su propiedad o en los que pague alquiler
  • Documentos propios del tipo de renta que hayas percibido, especificados en la web de la Agencia Tributaria.

La digitalización del proceso de la Declaración de la Renta facilita y agiliza todos los trámites, pues permite hacerla desde cualquier dispositivo con conexión a Internet. Sin embargo, te recomendamos que te informes con antelación de todos los documentos que debes entregar y de si alguna de las novedades en materia de IRPF te afectan.

También puedes recurrir a los servicios de una asesoría profesional. Lo importante es que no lo dejes para última hora, pues el tiempo pasa más rápido de lo que parece.

Asesoidea, es la asesoría en Jaén que analiza la Declaración de la Renta para que obtengas beneficios de ésta, analizamos tu declaración, te informamos y finalmente tramitamos la misma.

Infórmate y contacta con nosotros 

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