El Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral introduce novedades en las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social. A continuación, encontrarás todas las novedades que introduce este Real Decreto y que tendrán efecto a partir del 1 de septiembre de 2023.

Bonificaciones para la contratación 2023, beneficiarios

Según el Gobierno, este Real Decreto Ley tiene como objetivo mejorar la calidad en el empleo, su mantenimiento y favorecer la contratación de personas desempleadas, poniendo especial foco entre aquellas más vulnerables. De igual forma, incentiva la transformación de contratos de prácticas o temporales en indefinidos y contrataciones vinculadas a la conciliación.

Podrán ser beneficiarios en las cotizaciones sociales: empresas, autónomos, sociedades laborales o cooperativas, y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro. Todas ellas, deberán estar inscritas en el sistema de la Seguridad Social como sujetos responsables del ingreso de cuotas. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber sido inhabilitado ni excluido para obtener el acceso a subvenciones y ayudas públicas.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Contar con un plan de igualdad efectiva de mujeres y hombres debidamente inscrito en el registro público. Este requisito será exigible para las empresas con 50 o más trabajadores o cuando así lo establezca el propio convenio colectivo aplicable.

El beneficiario tendrá la obligación de mantener en situación de alta al trabajador al menos 3 años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación del trabajador bonificado.

Colectivos con contratación incentivada

  • Personas trabajadoras que vean transformados sus contratos en contratos indefinidos o que vean mejorada su contratación por conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a tiempo completo, o de contratos fijos discontinuos en contratos indefinidos ordinarios.
  • Personas de atención prioritaria, que figuren registradas en los servicios públicos de empleo como demandantes de servicios de empleo en situación laboral de desempleadas. No obstante, no se requerirá la inscripción en los servicios públicos de empleo a:
    • Las mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, y aquellas que se encuentren en contextos de prostitución
    • Las víctimas del terrorismo
    • Las personas trabajadoras con discapacidad que pasen a prestar sus servicios desde el mercado de trabajo protegido de los centros especiales de empleo o enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario
    • Las personas en riesgo o situación de exclusión social que pasen a prestar sus servicios desde empresas de inserción a empresas del mercado ordinario
    • Los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Bonificaciones de contratación 2023

La norma estipula que se financiará con bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social la contratación de:

  • Personas con capacidad intelectual límite o readmitidas tras cesar en la empresa por incapacidad permanente
  • Mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos y explotación sexual o laboral
  • Personas en situación de exclusión social, desempleadas de larga duración y víctimas del terrorismo

También serán contratos bonificados los relacionados con la actividad formativa:

  • Los contratos de formación en alternancia
  • La transformación en indefinidos de los contratos formativos, cuando estos finalicen, y de los contratos de relevo
  • La contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas, por parte de dicha empresa
  • La contratación de personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral

Los contratos indefinidos a jóvenes menores de 30 años con baja cualificación y que sean beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil darán derecho a una bonificación en la cotización de 275 euros/mes, durante tres años.

Finalmente, la incorporación de personas trabajadoras desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales será también objeto de bonificación para favorecer el empleo en la economía social.

A continuación te dejamos la tabla con todas las bonificaciones de contratación 2023:

¿Cuándo entrarán en vigor estas medidas?

Con carácter general, el Real Decreto-ley entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023. No obstante, algunos artículos ya están en vigor y otros lo estarán antes de esa fecha, según establece la disposición final decimotercera.

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