1. Exige siempre la carta de despido por escrito

Cuando una empresa quiere despedir a un trabajador es necesario que lo haga siempre por escrito, tanto si es un despido disciplinario, como un despido objetivo o si le presenta una carta donde le informa del fin del contrato temporal. En el caso de haber sido despedido de forma verbal, siga estas recomendaciones.

Es normal que el trabajador, al recibir la carta de despido, esté nervioso en ese momento y no pueda leerla tranquilamente, o bien no puede comprobar todo lo que pone, o simplemente no sabe si la carta cumple todos los requisitos formales necesarios. Hay que tener en cuenta que los despidos tanto objetivos como disciplinarios tienen unos requisitos muy fuertes a nivel formal que tienen que estar presentes en la carta, y que si no es así, el despido estará mal hecho.

Por este motivo es recomendable que cuando el trabajador reciba la carta de despido siga estas pautas:

  • Que se le entregue a él también una copia de la carta de despido, y quedársela antes de firmar nada.
  • Comprueba que la carta que le entregan es igual que la que se queda la empresa.
  • Comprueba la fecha que pone en la carta. Muchas empresas fechan la carta con una fecha anterior para de esta forma evitar que el trabajador reclame, haciendo que se le pase el plazo.
  • Poner primero “no conforme”. Esta es una forma de protegerse el trabajador, y poder reclamar más fácilmente si posteriormente lo va a hacer. Poner esta coletilla no implica que se vaya siempre a demandar, pero facilita en el caso que finalmente se haga. Es necesario poner primero la coletilla y luego firmar, para evitar que se firme primero y cuando se quiere poner “no conforme” la empresa le quite la carta y no pueda seguir escribiendo.
  • Poner la fecha en que le entregan la carta, para demostrar qué día se recibe, momento en el que empezarán a contar muchas veces los plazos para demandar y para pedir el desempleo.
  • Firmar, siempre después de haber hecho todo lo anteriormente mencionado.

De esta forma, después de salir de la reunión donde le entregan la carta de despido, el trabajador podrá leérsela tranquilamente y podrá buscar asesoramiento, no habiéndose cerrado las posibilidades de reclamar si el despido está mal hecho.

2. Comprueba todos los conceptos del finiquito

El finiquito o documento de saldo y liquidación es un documento donde la empresa propone la entrega de las cantidades que quedan pendientes de pagar al trabajador. Normalmente este finiquito está compuesto por los días de vacaciones que no se han disfrutado y que la empresa debe de pagar, y por la parte proporcional de las pagas extraordinarias y de beneficios que se hayan devengado, en el caso de que no estén prorrateadas.

Es importante leer si en el finiquito pone que en el mismo momento se entrega el dinero, para dejar constancia al firmarlo que no se ha recibido si efectivamente no se ha recibido.

3. Compruebe si la indemnización por despido está bien calculada.

En el caso de un despido objetivo, la indemnización será de 20 días por año, y tendrá que ser entregada al trabajador en el mismo momento en el que le dan la carta de despido objetivo. Un despido disciplinario, por ejemplo, no tiene derecho a indemnización.

Si se entrega al trabajador una carta de fin de contrato temporal, dependiendo de la fecha de firma del contrato le corresponderá una indemnización u otra. El fin de un contrato temporal no es un despido. Sin embargo, para muchos trabajadores tiene el mismo significado, por lo que vamos a hacer una pequeña reseña sobre las indemnizaciones a que tiene derecho el trabajador por el fin de contrato:

  • Ocho días de salario por año para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2011.
  • Nueve días por año para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2012.
  • Diez días por para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
  • Once días por año para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
  • Doce días por año para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.

4. Busca asesoramiento

Por la cantidad de datos, plazos y demás… no es sencillo dominar el proceso para reclamar un despido y los defectos de forma pueden echar al traste la reclamación justa de sus derechos.

En Asesoidea, analizamos tu caso de manera particular, ofreciendo las alternativas viables en cada caso y reclamando a la empresa la realización del despido de forma precisa.

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